Este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 2 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos DORIS MARGARITA PLAZA LARA Y HECTOR JESUS BERMEJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Nº V-5.608.214 y V-4.163.046 respectivamente, sobre unas bienhechurías construida en un lote de terreno, de su propiedad, que tiene una superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 MTS2); ubicado en: el lugar denominado Las Guamas, jurisdicción del Municipio San Pedro de Los Altos, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda (hoy Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda), dichas bienhechurías tienen un área de constru.....