Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por la ciudadana LIRIA COROMOTO PÉREZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.700.550, contra el ciudadano LUIS ALBERTO CHAPARRO SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-7.949.962, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 15 de enero de 1993, por ante el Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Santos Michelena, Las Tejerías, estado Aragua, tal y como consta en la copia certificada del acta de matrimonio que riela bajo el N° 03, de los Libros de Registro Civil de Mat.....