DECISIÓN
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar La Demanda por Cobro De Retención de Salario y Otros Conceptos Laborales, incoada por la ciudadana GLADYS DELGADO, titular de la cédula de identidad Nro V-14.688.174, contra la entidad de trabajo demandada INDUSTRIAS ALIMENTICIAS MC LAWS, C.A y de manera solidaria contra el ciudadano JONNY WALTER MC LAWS, venezolano y titular de la cedula de identidad N° V-2.239.222. Así se decide.
SEGUNDO: Se condena a las demandadas cancelar a la ciudadana GLADYS DELGADO, la cantidad de: CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS QUINCE BOLIVARES CON 42CENTIMOS (Bs.188.715, 42) más lo cuantificado por intere.....