CON LUGAR LA DEMANDA intentada por los Profesionales del Derecho, Abogados RODRIGO ALONZO QUIJADA y GENARO VEGAS CLARO, venezolanos, mayores de edad, domiciliado en la ciudad de Caracas el primero de los nombrados de tránsito en esta ciudad y el segundo de los nombrados domiciliado en esta ciudad, Apoderados Judiciales de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial Parque Central, sector Torre Mamon, contra RICARDO JOSÉ ROJAS STALLONE y JOSÉ DE LA CRUZ ROJAS ROSSI, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.514.792 y V- 2.749.504, respectivamente, por COBRO DE BOLIVARES (CONDOMINIO), y en consecuencia a ello se condena a la parte demandada a pagar a la parte demandante las siguientes cantidades:
1°) La suma de UN MILLON CUATROCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (1.403.456,41), por concepto del monto total de las cuotas de condominio adeudadas y no pagadas especificados anter.....