Se notificó a la demandada, se instó a las partes a un acuerdo y vista que no hubo acuerdo alguno y el Tribunal se constituyó en el inmueble objeto de la medida se secuestró la misma, sin embargo y por cuanto el representante de la Depositaria Judicial no previó la cantidad de vehiculos necesarios para la practica de la medida, llegando incluso a solicitar un plazo para cumplir con su obligación, se ordenó oficiar de ello al Tribunal A-QUO, a la Presidencia de la depositaria Judicial como a la Fiscalía del Ministerio Público.