Ahora bien, por cuanto en fecha 19 de noviembre de 2018, este Tribunal, ejecuto MEDIDA DE ENTREGA FORZOSA, que fue decretada en fecha 16 de noviembre de 2018, por este Juzgado Primero de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en ocasión de la sentencia definitivamente firme, dictada en fecha 12-01-2018, confirmada por el Juzgado Superior, en fecha 12-04-2018, en donde se ordeno la "entrega material del inmueble constituido por un Local Comercial, signado con el número y letra 1-C, en tal virtud, la presente solicitud se encuentra terminada, en consecuencia, este Tribunal ordena el CIERRE y ARCHIVO del mismo. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.