..................de conformidad en lo establecido en el artículo 264 Del Código Orgánico Procesal Penal, y 49 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR, la solicitud planteada por la acusada SOSA RAMOS LOA JUDITH, titular de la cédula de identidad Nº .- V.-3.353.736, la extensión de sus presentaciones cada TREINTA (30) DÍAS, por ante la secretaría de este Tribunal, igualmente se le prohíbe la salida del país y la salida de la Jurisdicción del Distrito Capital y Estado Miranda, previa autorización del Tribunal, así mismo deberá permanecer en el domicilio que conste en el expediente, y cualquier cambio deberá notificarlo inmediatamente al Tribunal...................