Vistos los escritos de pruebas promovidos por las partes, este Tribunal a los fines de proceder a la ADMISIÓN de las mismas lo hace de la manera siguiente: Con respecto al escrito presentado por el apoderado judicial de la PARTE DEMANDADA en el presente juicio, abogado NELSON CORNIELES, Inpreabogado Nro. 36.066. Referente a la prueba Documental: Por cuanto la prueba contenida en el referido escrito no es manifiestamente ilegal, ni impertinente se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Con relación al escrito presentado por la apoderada judicial de la PARTE ACTORA en el presente juicio, abogada ANTONIA LEONOR HERVES GIL, Inpreabogado Nro. 30.097. Referente al Capitulo II, Prueba Documental: Por cuanto las pruebas contenidas en el referido escrito no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes se ADMITEN cuanto ha lugar