...SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte recurrente en nulidad abogado MIGUEL JOSE APARCEDO, inscrito en el Inpreabogado Nº 88.415, en contra de la sentencia de fecha 12 de Diciembre de 2.012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en los Teques. SEGUNDO: SE DECLARA LA INADMISIBILIDAD del Recurso de Nulidad contra el acto administrativo de efectos particulares contra la Providencia Administrativa 41-2011, dictada en fecha 28 de febrero de 2.011, por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, por haber operado la caducidad de la acción propuesta. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 12 de Diciembre de 2.012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en los Teques.....