DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. CON SEDE EN LA CIUDAD DE CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR el alegato de la parte accionada relativo a la Prejudicialidad. Segundo: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por la ciudadana COVA BAEZ MARIANELA RUTH, titular de la cédula de identidad No. 6.168.483, en contra de la sociedad mercantil MERCADO DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL) por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y SALARIOS CAIDOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL. Tercero: SE CONDENA a la parte demandada, Sociedad Mercantil MERCADO DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL), a pagar a la actora los siguientes conceptos; (i) Indemnización por Antigüedad (108 LOT.....