DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente señalados, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley y por estar ajustada a derecho la petición del demandante DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ANTONIO RAMON CEDEÑO CARVALLO, en contra de la Sociedad Mercantil "SERVICIOS DE ADMINISTRACION INTEGRAL SADL C.A ambas partes plenamente identificadas a los autos. Así se decide.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada cancelar al ciudadano ANTONIO RAMON CEDEÑO CARVALLO, la cantidad de NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES (Bs.9.525,00) por el concepto de diferencia de cesta ticket no cancelados. Así se decide.
TERCERO: Hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE, R.....