Ahora bien por cuanto, el Tribunal observa en la transacción celebrada entre los ciudadanos SIMON ALBERTO MONTILLA PERDOMO, y ANGEL WILFREDO VARELA CORREA, y su apoderado judicial Procurador de los Valles del Tuy Abogado RICHERT GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.819, con el apoderado judicial de la parte accionada "CONSTRUCTORA FRANDOR 4143 C.A", lo siguiente: (i) que ellas versan sobre los derechos litigiosos; (ii) que constan por escrito; (iii) que contienen relaciones circunstanciadas de los hechos que la motivaron así como de los derechos que en ella se comprenden; (iv) que no se atenta contra el principio de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores; y (v) que los acuerdos realizados por las partes se encuentran definitivamente materializados, en consecuencia, este Tribunal considerando que el vínculo laboral entre las partes ha finalizado, por ende, el contrato transaccional es posible conforme lo dispone el postulado constitucional de la norma cont.....