Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: JOSE LUIS CASILLAS PERALTA y MEUDY ELIZABETH CASTRO TORO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.983.105 y V-12.460.624, respectivamente; y en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 13 de junio de 2008, ante el Registro Civil del Municipio Santos Michelena del estado Aragua, todo lo cual se desprende del Acta de Matrimonio Nº 057, de fecha 13 de junio de 2008, cursante al folio 3 y 4 del presente expediente, inserta en el Libro de Registro de Matrimonios llevado durante ese año por ese Despacho; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. En virtud a la anterior Decisión, se ordena participar lo conducente al Re.....