Como consecuencia de lo anteriormente expuesto y a tenor de lo dispuesto en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil este Tribunal decreta MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre el inmueble propiedad de los demandados MORAIMA MERCEDES ALVAREZ SILVA y ELEUTERIO CELEDONIO MONASTERIO COLMENARES, constituido por el apartamento distinguido con el número y letra TRES-B, (3-B), ubicado en el piso 3 del Edificio Gladiola, número 14, el cual forma parte del Conjunto Residencial Los Jardines, situada en la Urbanización Ciudad Residencial Las Rosas, Jurisdicción del Municipio Guatire, Distrito Zamora del Estado Miranda, con una superficie de aproximada de SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (63,35 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con fachada Norte del mismo Modulo; SUR: Con fachada Sur del mismo Modulo; ESTE: Con fachada Este del mismo Modulo, con vista a las áreas de estacionamiento; y OESTE: Con pared común con el apartamento 3-A.