declara el cumplimiento de la PENA PRINCIPAL Y DE LAS PENAS ACCESORIAS impuestas al ciudadano FRANCO JOSÉ GREGORIO, portador de la cédula de Identidad N° 6.651.240, venezolano, mayor de edad, residenciado en: Santa Rosa, Las Cadenas, callejón Los Pingüinos, Nº 13, frente al vivero Los Teques, estado Miranda y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL en el presente caso, conforme con lo previsto en el antes señalado artículo 105 del Código Penal, y en consecuencia se decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano ut supra mencionado. ASI SE DECLARA.-