, DECLARA EJECUTADA Y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta al penado PABLO GERONIMO CARDOZO, titular de la Cédula de Identidad N° 6.622.118, conforme a lo previsto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese lo conducente al Fiscal Penitenciario Décimo del Ministerio Público del Estado Miranda, a LA Unidad De Defensa Pública del Estado Miranda, Guarenas, y líbrese la correspondiente Boleta de Traslado del Penado al Internado Judicial Rodeo I, a los fines de imponerlo de la presente decisión