DISPOSITIVO
En razón a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de los ciudadanos Antonio Martín Pérez y Nicolás Brenca Pepe identificados a los autos en su condición de accionista de la demandada y terceros intervinientes en la presente causa. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la intervención como terceros de los ciudadanos Antonio Martín Pérez y Nicola Brenca Pepe quienes fueron notificados como demandados y representan 66% de las acciones y ostentan condición de Directores Comerciales de la demandada por las razones expuestas en la motiva del fallo. TERCERO: Se declara con lugar la apelación interpuesta por la representación judicial del ciudadano MARIO VACONDI.....