Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos LEOPOLDA MORALES de RODRÍGUEZ, MARISOL RODRÍGUEZ MORALES, ROSAURA RODRÍGUEZ MORALES, MIRIAM GUADALUPE RODRÍGUEZ MORALES, IRMA RODRÍGUEZ MORALES y EDUARDO ANTONIO RODRÍGUEZ MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.450.390, V-6.457.905, V-6.463.246, V-6.463.245, V-6.842.342 y V-10.278.398, respectivamente, Únicos y Universales Herederos del causante PEDRO RODRÍGUEZ GARCIA (), quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.967.218, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artícul.....