CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, por la ciudadana EYNIS ISBEL LOPEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.769.769, contra el ciudadano RAMON ALBERTO OJEDA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.337.816, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos EYNIS ISBEL LOPEZ GARCIA, y RAMON ALBERTO OJEDA ZAMBRANO, antes identificados, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante el Registro Civil y Electoral de la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, en fecha 18 de noviembre de 2023, según consta de Acta de Matrimonio número 291, Folio número 050, del libro de matrimonio llevado por ese organismo.