...por autoridad de la ley, en la competencia que le atribuyen los artículos 64, en su último aparte, 479 y último aparte del 531, todos del Código Orgánico Procesal Penal (Reformado), decide:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA ACCESORIA Y PRINCIPAL de la pena dictada en fecha 19-01-2010, por el Tribunal 5° de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, mediante la cual CONDENO al referido penado, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN por ser responsable en la comisión del delito de HURTO AGRAVADO CON DESTREZA, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 4 del Código Penal, así como a las penas accesorias de Ley contenidas en el articulo 16 Eiusdem de prisión, atinentes tales penas a la condena que fuera impuesta a la persona del ciudadano ANGEL MANUEL URIBE CARRILLO, titular de la cédula d.....