Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por la ciudadana JENIFFER MARIA ORENCE PERDOMO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.877.184, representada por la abogada JESSICA C. GUEVARA M. inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 281.831.
En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LA UNIA al ciudadano LEONARDO ARMANDO OBELMEJIAS VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.910.552, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 02 de diciembre de 2.016, ante el Registro Civil de la Parroquia Carrizal, Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 341 cursante al folio 10 del presente expediente. todo ello de conformidad con lo e.....