declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE, para asegurar que los ciudadanos JESÚS SIMÓN TORTOLERO RODRÍGUEZ, JESÚS GUILLERMO TORTOLERO CORDERO, NEXYS MARISOL TORTOLERO CORDERO, WILMAN SIMÓN TORTOLERO CORDERO, DANNY JESÚS TORTOLERO CORDERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-622.618, V-8.676.914, V-8.676.915, V-12.160.576 y V-12.881.223, respectivamente, en su condición de cónyuge e hijos, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de causante: GILCERIA CORDERO de TORTOLERO, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.759.794. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, constant.....