En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la ley, Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal e impone la medida cautelar sustitutiva al ciudadano FREDDY ANTONIO RAMOS, de nacionalidad Venezolano, de 29 años de edad, natural de caracas, nacido en fecha 25-2-1974, de estado civil soltero, de oficio obrero, residenciada en Palmar de Siquire, calle principal las miserias, casa sin número hijo de Rafael Ramos y Ednia Guaiculpa y titular de la cédula de identidad Nro. 12.962.970. Consistente en los ordinal 5° Prohibición de mantener contacto directo e indirecto con la víctima y ordinal 6° prohibición de concurrir al sitio de los hechos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesa.....