...Sin lugar la apelación interpuesta por los ciudadanos RAUL ANTONIO GONCALVEZ y JOSE DIONISO QUINTERO CARRILLO titulares de la cedulas de identidad numeros 10.284.403 y 3.062.855 en su carácter de presidente de la organización demanda ASOCIACION CIVIL UNION CIRCUNVALACION LOS TEQUES A.C. y en nombre propio, respectivamente, debidamente asistido por el abogado PEDRO JOEL DE JESUS RONDON inscrito en el Inpreabogado Nº 71.026, contra la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2.008, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques. SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria de presunción de admisión de los hechos ante la incomparecencia de los demandados al inicio de la Audiencia preliminar al no haberse justificado dicha incomparecencia, ante esta alzada debe forzosamente declarar con lugar las pretensiones contenidas en el libelo de la demanda.....