CONDENA al ciudadano JESÚS HAROLD NOGUERA SERRANO, venezolano, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, nacido en fecha 07 de julio de 1987, de 22 años de edad, portador de la Cédula de Identidad Número 18.556.542; residenciado en la Escalera Santa Bárbara, Sector Aquiles Nazoa, Casa Nº 04, Los Teques, estado Miranda; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, tipificado en el artículo 410 en concordancia con los artículo 425 y 424, todos del Código Penal; en perjuicio quien vida respondiera al nombre de YAIR EDUARDO ZAPATA; pena que cumplirá en el centro penitenciario que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente.