DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS EN FASE DE JUICIO según lo establecido en el Artículo 376 del Código Penal reformado. En consecuencia, le concede nuevamente la palabra al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien expone: "Ciudadana Jueza, quiero en este momento del juicio Oral y Privado, admitir los hechos en el delito por el cual me acusa el Ministerio Público, ya que fui yo la que le dio la cachetada a Luis, no entiendo porque están acusando a mi mamá, estoy arrepentida de todo, esto no va a pasar más