Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de la ciudadana YENDRI RODRIGUEZ HIDALGO, de nacionalidad venezolana, Titular de la cédula de identidad N° 12.880.431, nacida en fecha 09-12-1977, de 25 años de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, Estado civil soltera, de profesión u oficio: Del Hogar, Residenciada en Las Adjuntas, calle Real, casa número 22, Parroquia Macarao, Caracas, Distrito Capital, hija de Ángela Rosa Hidalgo y Miguel Enrique Rodríguez, ambos vivos, por la presunta comisión de un delito previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en agravio de la COLECTIVIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4.....