este Juzgado confirma la condenatoria de Bs. 2.816.722,15 por concepto de Prestaciones Sociales, ahora bien visto que en el libelo de demanda, la parte accionante admite que la empresa demandada le canceló la cantidad de Bs. 170.000,00 por concepto de sus prestaciones sociales, el mismo debe ser descontado del calculo que arrojan los literales "a" y "b" del mencionado artículo, por lo que el monto definitivo a cancelar por concepto de Prestaciones Sociales es la cantidad de Bs. 2.646. 722, 15, siendo ratificados todos los conceptos condenados en el fallo de fecha 17 de Enero de 2017.
En tal forma se emite la presente aclaratoria de la resolución judicial, para todos los efectos, con lo cual queda aclarada la sentencia de fecha 24 de Enero de 2.017, en este aspecto, y así se establece. Asimismo se deja establecido que debe dejarse correr el lapso para el ejercicio de cualquier medio de impugnación contra la decisión dictada, a partir de la fecha de la presente aclaratoria