DISPOSITIVO
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR y consecuencia niega la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada sobre la providencia Administrativa Nº 007-2021 dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Teques en fecha 04 de marzo de 2021, que cursa en el expediente Nº 039-2019-01-00646, que declaro CON LUGAR el reenganche y pago de los salarios caídos y otros beneficios laborales dejados de percibir interpuesta por el ciudadano LUIGGY GONZALES TORRES contra la recurrente sociedad mercantil "ALIMENTOS PRODALVA, C.A".-