Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se acuerda aplicar a favor del ciudadano JEAN CARLOS PEREZ BETANCOURT ampliamente identificado, la Medida Cautelar establecida en el ordinal 6° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, Prohibición expresa de acercarse a la ciudadana YOHANA ROSALY MATA RIVERO y a su familia, quien fue aprehendido el día 23 de Febrero de 2005, por la presunta comisión del delito LESIONES previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la Fisc.....