Se decreta la aplicación del procedimiento ordinario en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento y último aparte del artículo 373 del código orgánico procesal penal.
TERCERO: Se establece como calificación jurídica en relación a los hechos narrados por la representante fiscal de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL HURTO y DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO, previsto y sancionado en los artículos 9 y 3 respectivamente de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, POSESIÓN DE ARMA NO INDUSTRIALIZADA, tipificado en el numeral 5 del artículo 5 con relación al artículo 111 ambos de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, contenido en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
CUARTO: Se impone a los ciudadanos JESUS EDUARDO NAVAS, ANTHONY DANIEL PRIN ARIAS Y YOEL CARLOS CARIOS TOVAR, ampliamente identificado en autos, la privación .....