DISPOSITIVA
A la luz de los razonamientos previamente expuestos, esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Declara Admisible el recurso de apelación signado con la con la nomenclatura 1-Aa-SP21-R-2024-000281, , interpuesto en fecha dos (02) de diciembre del 2024 – según sello húmedo de alguacilazgo-, por la abogada Liliana del Valle Duque Rosales en su carácter de defensora privada del ciudadano Fernando José Roa Ramírez, contra la decisión dictada el veinticinco (25) de noviembre del año 2024 y publicada in extenso en fecha veintiocho (28) de noviembre del año 2024, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en lo que respecta a la denuncia sobre la vulneración al debido proceso por parte del Tribunal A Quo.
SEGUNDO: Se acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada a la décima (10) audi.....