DISPOSITIVO
En base a todas las consideraciones y razonamientos de hecho y de derechos antes expuesto, este Juzgado PRIMERO de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Con Sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Primero: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y como consecuencia de ello se extingue el proceso, en la Oferta Real de Pago instada por la entidad de trabajo TALLER MIURA, C.A., a favor del ciudadano JOSÉ GREGORIO PIÑANGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.373.407, Segundo: Se ordena el cierre y liquidación de la cuenta de ahorros número Nº 0175-0116-0100-6319-1379 del BANCO BICENTENARIO (BANCO UNIVERSAL), por consiguiente se haga devolución del monto total acreditado incluyendo sus intereses, a la entidad de trabajo LENA ENGENHARIA E CONSTRUCŌES, S.A.
Asimismo se le.....