ACUERDA INFORMAR al juez de Ejecución del sitio del cumplimiento de pena del ciudadano JUAN CARLOS ZUNIAGA, INDOCUMENTADO; y como consecuencia de ello ORDENA REMITIR COPIA DEBIDAMENTE CERTIFICADA POR SECRETARÍA DEL CÓMPUTO DE PENA, DE LA PRESENTE DECISIÓN Y DE TODOS LOS RECAUDOS QUE SEAN NECESARIOS al Juez de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con competencia en la Ciudad de San Juan de Los Morros, a los fines de la VIGILANCIA y CONTROL, del penado JUAN CARLOS ZUNIAGA, INDOCUMENTADO, quien se encuentra cumpliendo pena en La Penitenciaría General de Venezuela. Todo conforme con lo establecido en el artículo 481 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 3 ejusdem.