declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de marzo del 2008, por la Abogada MARISOL VIERA en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante. SEGUNDO: SE DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO ELPROCESO conforme lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente fallo.