En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Se ANULA DE OFICIO, la decisión dictada por el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, de fecha 26 de diciembre de 2013 y fundamentada el 28 de enero de 2014, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional decretó LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del ciudadano JOSÉ ARTURO GONZALEZ MUÑOZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 358, en relación con los artículos 353 y 354, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, tipificado en el artículo 415 del Código Penal; En consecuencia, se anulan los actos subsiguientes a la decisió.....