El día 24/05/2011, se practicó la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en ocasión al juicio que por INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, incoare HORTENCIA APONTE y otra, contra INDUSTRIAS POLLO PREMIUM, 5.8, C.A, Y SEGUROS BANCENTRO, C.A. Sobre bienes propiedad de los demandados, hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON 94/100 CENTIMOS (Bs.257.349,94), que comprende el doble de la suma condenada a pagar, mas las costas de ejecución. En caso que la medida fuese practicada sobre cantidades líquidas de dinero, la misma será por CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON 66/100 CENTIMOS (Bs.145.458,66), que comprende la cantidad liquida condenada a pagar, más las costas de ejecución calculadas en la suma de TREINTA Y TRES.....