Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos KARLA PAOLA RANGEL MORA y FREDDY RENE SANTIAGO QUIROZ, ampliamente identificados, fundamentada en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil diecisiete (2017), ante el Registro Civil del Municipio Los Salias del estado Miranda, según consta en Acta Nº 30, folio 34, del año 2017, conforme al artículo 70 del Código Civil.