Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional propuesta por la ciudadana BIANELLIS CAROLINA LAYA FERNÁNDEZ, SEGUNDO: Se declara LA NULIDAD de la sentencia interlocutoria emitida por el Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Charallave, de fecha 06 de Julio del 2.010. TERCERO: SE REPONE la causa signada con el Nº 1448-2009 (nomenclatura de ese juzgado) al estado que se inicie el lapso de diez (10) días establecidos en el articulo 352 del Código de Procedimiento Civil a los fines que las partes puedan presentar conclusiones y decidir la incidencia de las cuestiones previas el décimo (10º) día conforme a las previsiones del articulo 352 del referido código adj.....