PRIMERO: CONDENA al joven adulto IDENTIFICACION OMITIDA, sin cédula de identidad, nacido en fecha 11 de Mayo de 1985, natural de San Juan de Los Morros, Estado Guarico, hijo de IDENTIFICACION OMITIDA, residencia OMITIDA, por encontrarlo culpable y en consecuencia penalmente responsable de los cargos imputados por el Fiscal del Ministerio Público en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTES, previsto en el articulo 260 del la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y lo sanciona a cumplir las sanciones de: LIBERTAD ASISTIDA, y sucesivamente la sanción de REGLAS DE CONDUCTA, por un lapso de tiempo de Un (01) AÑO cada una, consistentes en: 1.- Comenzar o finalizar la escolaridad básica y diversificada, si no la tienen cumplida, aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar que determine el Juez Competente, 2.- Obligación de incorporarse en el campo laboral, debiendo consignar constancia de trabajo por ante el Tribunal de Eje.....