...ACUERDA CON LUGAR la solicitud formulada por la Abg. ELIZABETH GARCIA MARIOTTI, en su carácter de Defensa Privada de los imputados ALEJO GROGUES ALEXANDER ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.082.762, SALAZAR MALDONADO CARLOS JAVIER, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.783.515 y ARTAHONA ALCALA JULIO ALFREDO, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.889.35, en consecuencia, Sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, con la imposición de las medidas cautelares establecidas en el artículo 256 numerales 2do y 3ro del Código Orgánico Procesal Penal, consistente la del numeral 2do en la obligación de someterse al cuidado y vigilancia de una persona determinada, que en este caso será un familiar quien deberá acreditar mediante documento el parentesco con el imputado, consignar constancia de residencia y constancia de buena conducta emitida por la primera autoridad civil del Municipio donde resida y quien deberá informar mensualm.....