TERCERO: Se establece como calificación jurídica en relación a los hechos narrados por la representante fiscal los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, INVASIÓN, AROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO Y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en el artículo 218 numeral 1, 471-A, 470 y 286 del Código Penal, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley de Protección de Niños, niñas y Adolescentes para el ciudadano DARWIN MANUEL RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ y los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, INVASIÓN Y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en el artículo 218 numeral 1, 471-A y 286 del Código Penal, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley de Protección de Niños, niñas y Adolescentes WILMER JOSÉ AGUILAR MARTÍNEZ.
CUARTO: Se impone a los ciudadanos: DARWIN MAN.....