DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de le República y por Autoridad de la Ley, concede la Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio al penado KELVIN BARRIOS PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-22.648.311, por un lapso de DIEZ (10) MESES y ONCE (11) DIAS, ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 6, ambos de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con los artículos 471 cardinal 2º, 496 y 497 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese y notifíquese a las partes la presente decisión.
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION
ABG. BIANCA GRANADILLO ROJAS
EL SECRETARIO
ABG. WINSTON YANEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
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