...PRIMERO: Se acuerda proseguir la presente causa por la Vía del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el articulo 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y, remítase en su oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalía de origen, una vez cumplidas las obligaciones impuestas por este Tribunal al investigado.
SEGUNDO: Acuerda al imputado RYAN RIK HUIZI PACHECO, venezolano, nacido en Guarenas, nacido el día 08-07-86, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.920.592, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Estudiante, hijo de ADELA PACHECO (V) y CONCEPCION HUIZI (V), domiciliado en: Urbanización el Calvario, Residencia Piedra Blanca, Piso 3, apartamento 03, GuarenasEstado Miranda, la medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad contenidas en el articulo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentaci.....