ACUERDA:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA EXCUSA, presentada por el ciudadano TEOBALDO ENRIQUE GUTIERREZ FARELO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.690.595, por considerar que su afección psíquica le impide el desempeño de la función de escabino y demuestra que carece de la aptitud suficiente para ejercerla, razón por la cual no reúne los requisitos exigidos por el Legislador para desempeñar la función de escabino, en la presente causa seguida en contra los acusados DOMINGUEZ SILVA WILLIAM ERNESTO y PRIMERA CARTAYA ENLY JOSE, de conformidad con lo establecido en el numeral 7 del artículo 151 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: REALIZAR UN SORTEO EXTRAORDINARIO, en la presente causa seguida en contra de los acusados DOMINGUEZ SILVA WILLIAM ERNESTO y PRIMERA CARTAYA ENLY JOSE, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICTO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en los artículos 460 y 278 ambos del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto.....