DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: Homologa el presente acto de composición voluntaria (acuerdo de pago, respecto al cumplimiento de la sentencia) traducido en acuerdo de cumplimiento voluntario de la sentencia definitivamente firme, celebrado por el abogado MAXIMO PEÑA, apoderado de la parte demandante, y por la parte demandada INVERSIONES MONLOSA C.A., inscrita en el Registro Mercantil V de la circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de fecha 27-10-2004, bajo el Nº 37, Tomo 989-A por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. SEGUNDO: Se ordenará el cierre y archivo definitivo del presente expediente una vez conste el pago del experto contable. TERCERO: No hay condenato.....