En virtud del razonamiento anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDAS POR CUMPLIMIENTO, la penas principal y accesorias que le fueron impuestas al ciudadano RAIMUNDO JOSE HERNANDEZ BLANCO, titular de la Cédula de Identidad N° 14.299.276, en virtud de haber concluido el régimen de prueba impuesto, de conformidad con los artículos 13 y 105, ambos del Código Penal en relación con el artículo 479, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.