DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, se declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y ACCESORIA al ciudadano GERARDO DELGADO RIOS, titular de la cédula de identidad N° V-6.961.787, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de edad 49 años de edad, fecha de nacimiento: 09-08-1963, estado civil: soltero, de profesión u oficio: Tornero fresador, residenciado en Urbanización Diego Lozada, Sector 1, Calle Principal, Casa Nº 2, Santa Teresa del Tuy, Estado Bolivariano de Miranda, hijo de ROSARIO RIOS (V) de padre VIVIANO DELGADO (V), en fecha 11-10-2011 el, quien fue condenado en fecha 11-10-2012 por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSION VALLES DEL TUY, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 31 segundo ap.....