Acuerda la acumulación de las sanciones contenidas en las sentencias emitidas por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en fechas 22-01-2004 (EXP. 1E-260-04); 19-02-204 (Exp. 1E-270-04) y 19-02-2004 (exp. 1E-271-04). En consecuencia, el adolescente PROHIBIDA SU IDENTIFICACION Estado Miranda, queda sujeto al cumplimiento de las medidas REGLAS DE CONDUCTA por un periodo de dos años y LIBERTAD ASISTIDA, por un periodo de dos (2) años Y el PROHIBIDA SU IDENTIFICACION Estado Miranda, queda sujeto al cumplimiento de las medidas REGLAS DE CONDUCTA por un periodo de dos años y LIBERTAD ASISTIDA, por un periodo de dos (2) años y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por un lapso de Seis (6) meses.