Se Acuerda otorgarle a dicho imputado la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en el artículo 256 numeral 9º, deberá acudir a la Fiscalía Cuarta, cuando sea llamado, por considerar, esta Juzgadora que las mismas se encuentran ajustadas a derecho, y garantizan las resultas del presente proceso.